Se muestran los artículos pertenecientes a Febrero de 2009.
Resumen
- 03/02/2009 16:38 - NOTA INFORMATIVA
- 04/02/2009 17:40 - CONVOCATORIA ASAMBLEA
- 04/02/2009 17:42 - COMUNICADO SECCION SINDICAL UGT HITECSA
- 06/02/2009 16:34 - NOTA COMITE DE EMPRESA
- 12/02/2009 16:40 - CIRCULAR UGT
- 12/02/2009 16:43 - 21 de febrer: VI Assemblea Nacional de l’AVALOT
- 18/02/2009 19:44 - CONVOCATORIA ASAMBLEA AFILIADOS
- 20/02/2009 11:31 - COMUNICADO ERE 2009
- 23/02/2009 16:12 - EL COMITÉ DE EMPRESA INFORMA
- 24/02/2009 13:25 - MANIFIESTO 8 DE MARZO 2009
03/02/2009
NOTA INFORMATIVA

La seccion sindical quiere manifestar que a pesar de estar de acuerdo con los miembros del comite en que todos hemos de remar en la misma direccion ( UGT y CCOO ) y defendiendo la labor de este comite pues creemos que esta actuando bien en todas las facetas dentro de la empresa,no podemos estar de acuerdo en los cambios que ha habido en la comision de seguimiento para el ERE 2009,por una unica razon,creemos que Ramon Tinoco que fue designado para la comision del anterior ERE y que presento la dimision por no verse capacitado para desarrollar esta funcion sigue sin estar capacitado para poder hacer frente al seguimiento de este ERE ya que los parametros son muy similares al anterior
Esta es una opinion uniteralmente de esta seccion sindical que lo unico que busca es el bienestar de todos sus afiliados y resto de trabajadores de esta empresa
delegado sindical, Manel
04/02/2009
CONVOCATORIA ASAMBLEA

Se os informa que el Miércoles día 11 de Febrero a las 18.30 h. en el comedor, se os convoca a una Asamblea (sólo para oficinas y almacen) para terminar de cerrar los Calendarios de dichas áreas.
Se ruega máxima asistencia ya que de no ser así, no podremos hacer gran cosa para cambiar lo que hay actualmente.
Os recuerdo que para las personas que les coincida la Asamblea con su horario laboral dispondrán de permiso para poder asistir.
COMUNICADO SECCION SINDICAL UGT HITECSA

Esta Sección Sindical quiere informar de su malestar por los comentarios que circulan acusándonos de que damos información a unos privilegiados a través del Blog de ésta Sección.
Queremos manifestar que éste Blog y la cuenta de E-mail que se abrieron, son para dar un servicio mucho más rápido y cercano a nuestros afiliados y al resto de trabajadores que así lo requieran, ya que desde el primer momento comunicamos en nuestro tablero las diferentes direcciones en donde leernos o donde comunicarse con nosotros.
Desde aquí animamos a las diferentes Secciones Sindicales a usar su tablero e incluso, a usar internet en la misma medida que nosotros en lugar de lanzar comentarios que según mi opinión, lo único que buscan es crear un mal ambiente que no nos lleva a ningún sitio.
Manel - Delegado Sindical
06/02/2009
NOTA COMITE DE EMPRESA

A LA ATENCION DE TODOS LOS TRABAJADORES DE HITECSA, S.L.U.
Debido a los problemas que ha habido con las rotaciones de los turnos de vacaciones, os pedimos que cualquier persona que tenga algún tipo de problema debido a que no se le han respetado dichas rotaciones, que se dirija a cualquier miembro del Comité.
Comité Empresa
06/02/09
12/02/2009
CIRCULAR UGT

AMPLIACIÓN DE DERECHOS RELACIONADOS CON LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2009.
Estimadas compañeros/as;
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009 (ley 2/2008, de 23 de diciembre) ha introducido algunas novedades importantes en la ampliación de los derechos relacionados con la maternidad y la paternidad, que pasamos a detallaros:
La Disp. Adicional sexta establece la “ampliación de la suspensión del contrato de trabajo por paternidad en familias numerosas”.
En este sentido, dicha suspensión “… tendrá una duración de veinte días cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento o cuando en la familia haya una persona con discapacidad. La duración indicada se ampliará en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo, o si uno de ellos es una persona con discapacidad. Esta disposición será de aplicación a los nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan a partir del 1 de enero de 2009”.
La Disp. Adicional séptima establece la “reducción en la cotización a la SS en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional”.
Y refiere concretamente:
“en los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el art. 26 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50% de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esta misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador”.
La Disp. Adicional sexagésimo cuarta establece la ”consideración de familia numerosa a las familias monoparentales con dos hijos a cargo”.
En este sentido dispone, “el Gobierno en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley, … llevará a cabo las oportunas modificaciones legales para que las familias monoparentales con dos hijos a cargo tenga la consideración de familia numerosa”.
La Disp. Adicional vigésima octava determina el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2009, que como sabéis se utiliza para determinar el subsidio no contributivo por parto en los casos en los que la trabajadora no reuniera los requisitos de cotización para acceder a la prestación de maternidad.
En este sentido establece que el IPREM diario asciende a 17,57 euros y el mensual es de 527,24 euros.
Enlazando con el apartado anterior, la Disposición Final tercera, punto cuatro da una nueva redacción al art. 133 septies de la LGSS, reconociendo nuevos supuestos de ampliación de los días en los que se podrá percibir el subsidio por parto, quedando redactado de la siguiente forma:
“Artículo 133 septies. Prestación económica. La cuantía de la prestación será igual al 100 por 100 del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento, salvo que la base reguladora calculada conforme al artículo 133 quáter o a la disposición adicional séptima fuese de cuantía inferior, en cuyo caso se estará a ésta. La duración de la prestación, que tendrá la consideración de no contributiva a los efectos del artículo 86, será de 42 días naturales a contar desde el parto, pudiendo denegarse, anularse o suspenderse el derecho por las mismas causas establecidas en el artículo 133 quinquies. Dicha duración se incrementará en 14 días naturales en los casos de nacimiento de hijo en una familia numerosa o en la que, con tal motivo, adquiera dicha condición, o en una familia monoparental, o en los supuestos de parto múltiple, o cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento. El incremento de la duración es único, sin que proceda su acumulación cuando concurran dos o más circunstancias de las señaladas.
A los efectos de la consideración de la familia numerosa, se estará a lo dispuesto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Se entenderá por familia monoparental la constituida por un solo progenitor con el que convive el hijo nacido y que constituye el sustentador único de la familia. Asímismo, se entenderá que existe parto múltiple cuando el número de nacidos sea igual o superior a dos.” Sin más aprovechamos para enviaros un cordial saludo.
21 de febrer: VI Assemblea Nacional de l’AVALOT

El proper 21 de febrer se celebra la nostra Assemblea Nacional, sota el lema "Lluita ara més que mai", a la seu de la UGT de Catalunya de Barcelona a la rambla santa Mònica nº10.
L'assemblea nacional de l'Avalot és l'espai de participació i debat de la nostra organització, és el nostre congrés. L'assemblea serveix per marcar les línies de treball de l'Avalot els pròxims dos anys. Es parlarà de les dues ponències: la ponència organitzativa i la ponència ideològica. En la ponència organitzativa parlem de com ha de funcionar la nostra organització a nivell intern. La ponència també ens marca les principals activitats que hem de realitzar durant els dos propers anys en les diverses àrees de treball. Parlarem de cursos de formació sindical, propostes d'acció sindical i negociació col·lectiva, cooperació sindical juvenil i camps de treball, assessorament laboral per a joves, entre altres moltes coses.
Per participar a l'assemblea t'has d'inscriure a la seu de l'Avalot presencialment, per correu electrònic a avalot@catalunya.ugt.org, per telèfon trucant al 933046818 o bé també pots posar-te en contacte en la teva secció sindical de UGT o en el teu delegat sindical
18/02/2009
CONVOCATORIA ASAMBLEA AFILIADOS

El próximo sábado 28/02/2009 a las 9:30 horas tendrá lugar una asamblea extraordinaria para afiliados, en la sede de UGT en vilanova i la geltrú con el siguiente orden del dia:
1- Situación de la empresa ( ere 2009 )
2- Posicionamiento de esta seccion sindical
3- Dudas y preguntas
4- Sugerencias
Una vez acabada la asamblea asistiremos a un desayuno en la cova d´en Joan,rogamos os apuntéis en el anexo ( estara colgado en el tablero de la seccion sindical) para poder reservar,fecha máxima para apuntaros miércoles dia 25/02/2009
20/02/2009
COMUNICADO ERE 2009
Después de la reunión mantenida por parte de la Empresa con el INEM de Barcelona, han llegado al acuerdo de no tener que ir a la oficina del INEM, lo tramitará todo la Empresa. Conforme vayan afectando a los trabajadores por primera vez éste año, darán la documentación necesaria a rellenar por cada trabajador, para dárselo al Departamento de RRHH y ellos entregarlo al INEM de Barcelona.
23/02/2009
EL COMITÉ DE EMPRESA INFORMA

Os informamos que las personas que vayan siendo afectadas por el E.R.E. no es necesario que acudan a las oficinas del O.T.G. (Oficines de treball de la Generalitat), sea su primera vez de afectación o ya hayan sido afectados con anterioridad, pertenezcan a la provincia que pertenezcan.
Los trámites pertinentes se realizaran por parte del departamento de R.R.H.H. de la misma empresa. Para llevar a cabo dichos tramites es necesaria la cumplimentación de una serie de documentos que la misma empresa facilitara a cada trabajador y que deberá ser entregada dentro de los plazos que marca R.R.H.H., porque si no se podría dar el caso de que el trabajador afectado tuviese que acudir al O.T.G.
También informaros que trimestralmente se irán publicando por parte del comité el listado de afectaciones de dicho E.R.E. con el computo total de cada trabajador hasta la fecha, así como el listado del personal excluido del E.R.E. por algún motivo, el incluido pero no afectado por el punto dos del acuerdo (+- 10) y el resto de trabajadores afectados por el total del acuerdo. Os recordamos que dicho listado es el que se acordó y negocio tanto delante de la Inspectora de Treball como en nuestra asamblea de trabajadores.
Por último recalcar que se le ha comentado al comité por parte de la Dirección que existía una posibilidad de cerrar el calendario de almacén.
Como ya dijimos en la última asamblea las negociaciones colectivas son responsabilidad del Comité de Empresa y no podemos negociar ni acordar nada con la Dirección de la Empresa si no sabemos de lo que nos hablan o de lo que se haya podido hablar en pequeño comité.
Solo manifestar que no nos parece bien en absoluto que se negocien cosas a espaldas del comité que afectan a un colectivo de trabajadores, máxime siendo propuestas que el mismo Comité de Empresa ya le había hecho a la Dirección de Empresa.
Sin más, un saludo.
EL COMITÉ DE EMPRESA.
24/02/2009
MANIFIESTO 8 DE MARZO 2009

Un año más, las Confederaciones Sindicales de UGT y CCOO, celebramos el Día Internacional de la Mujer
Trabajadora, si bien este 8 de marzo de 2009 viene marcado por la crisis económica nacional e internacional,
que ha azotado severamente al empleo en nuestro país. Aunque un importante número de mujeres
han pasado a formar parte de las listas del paro, en esta ocasión han sido afectados en mayor medida
los hombres, situándose la tasa de desempleo masculina muy próxima a la femenina, cuando tradicionalmente
venía siendo esta última el doble que la de los hombres. El desempleo de ambos sexos, ha
supuesto que en más de 800.000 hogares españoles todas las personas activas que los componen se
encuentren en el paro.
A pesar de esta coyuntura, las tasas de actividad de las mujeres continúan aumentando, pero vemos con
preocupación como la ocupación femenina desciende en 2009 y persiste la situación de segregación
laboral y discriminación salarial, principales causas de desigualdad en el empleo.
En el ámbito europeo, el Parlamento ha tomado iniciativas para combatir la desigualdad laboral y salarial
entre mujeres y hombres aprobando una resolución el 18 de noviembre de 2008, con recomendaciones
destinadas a la Comisión Europea, sobre la aplicación del principio de igualdad de retribución entre mujeres
y hombres, en la que se pide revisar la legislación europea en esta materia, haciendo así mismo un
llamamiento a los Interlocutores Sociales, para que aborden esta materia en el marco del dialogo social
europeo.
Diálogo social, que se ha convertido en un valor en alza, para conseguir los cambios necesarios a nivel
económico y social, incorporando a la negociación colectiva el avance de la igualdad y la no discriminación
en el empleo entre mujeres y hombres. Uno de los ejes centrales en materia de igualdad ha girado
en torno a la revisión de la Directiva de Permisos Parentales, en la que se encuentra incluido el permiso
de paternidad. Con esta revisión se pretende mejorar y ampliar para todos los Estados miembros, los
derechos de trabajadores y trabajadoras por cuidados familiares.
En España, la Ley de Igualdad ha otorgado a los interlocutores sociales un importante papel en la implementación
del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres a través del
diálogo social y la negociación colectiva. La difusión de los contenidos de la Ley, así como la negociación
de medidas y planes de igualdad en el ámbito laboral, han ocupado buena parte de la actividad sindical
de UGT y CCOO a lo largo de este año.
La Mesa de Igualdad constituida en el ámbito del diálogo social, tiene como objetivos fundamentales el
seguimiento y desarrollo de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, impulsar
medidas y programas para aumentar la presencia de mujeres en el mercado laboral y reducir la discriminación
por razón de género, abordando la brecha salarial.
En este sentido, CCOO y UGT, valoramos positivamente la tarea de la Inspección de Trabajo, en la puesta
en marcha del “Plan de actuación para la vigilancia y control de la igualdad en las empresas 2008-
2010”. A lo largo de 2008 se realizaron más de 4000 actuaciones programadas, en materia de igualdad y
no discriminación por razón de sexo, con el fin de aplicar los objetivos marcados en el Plan y dar cumplimiento
a la propia Ley de Igualdad.
