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<rss version="2.0" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"><channel><title>Sección sindical</title><link>http://ugthitecsa.blogia.com/</link><description><![CDATA[ Seccion sindical UGT Hitecsa 
]]></description><ttl>60</ttl><pubDate>Sun, 26 Apr 2009 16:11:58 -0500</pubDate><generator>http://www.blogia.com</generator><item>
<title>NOS MUDAMOS</title>
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		<description><![CDATA[ Bueno debido a los problemas de carga de este blog nos hemos mudado,espero os guste el nuevo bloghttp://ugthitecsa.blogspot.com/... 
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	<pubDate>Sun, 26 Apr 2009 16:11:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <p>Bueno debido a los problemas de carga de este blog nos hemos mudado,espero os guste el nuevo blog</p><p><span style="font-family: arial black,avant garde; font-size: large;">http://ugthitecsa.blogspot.com/</span></p>	
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<title>Comunicado del comité de empresa</title>
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		<description><![CDATA[  EL COMITÉ DE EMPRESA INFORMA :   Como habréis podido apreciar, los precios de las maquinas expendedoras han sido regulados de nuevo.   Esto es debido a que finalmente el comité de Empresa, por mayoría, ha decidi... 
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	<pubDate>Fri, 24 Apr 2009 18:05:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090424180552-logo-hitecsa.gif"  class="center" alt="20090424180552-logo-hitecsa.gif" /><p> </p><p><span style="text-decoration: underline;">EL COMITÉ DE EMPRESA INFORMA :</span></p> <p><span style="text-decoration: underline;"> </span></p> <p><strong>Como habréis podido apreciar, los precios de las maquinas expendedoras han sido regulados de nuevo.</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p><strong>Esto es debido a que finalmente el comité de Empresa, por mayoría, ha decidido no cambiar el contrato existente con Ibervending, para la consecución de un canon para el beneficio del total de la plantilla.</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p><strong>Esta decisión se ha tomado debido a todos los problemas y desconfianzas que se han generado con la manera de gestionar dicho canon.</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p><strong>Solamente pedir disculpas si alguien se ha sentido desinformado con este tema y manifestar que en ningún momento dicho canon se iba a utilizar para el beneficio personal del Comité de Empresa.</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p><strong>Por último, manifestar que a partir de hoy se retoma el antiguo, del cual el comité está totalmente desvinculado, tanto en su duración como en las subidas de precio que experimenten las maquinas en los próximos meses</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p><strong>El Comité</strong></p><p> </p>	
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<title>NOTA INFORMATIVA</title>
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		<description><![CDATA[ Hoy lunes hemos mantenido una reunión extraordinaria a petición de la empresa en donde se nos informa de dos puntos concreto.-	Se nos informa que se abre el plazo de conversaciones para acogerse a la clausula del convenio del metal de inaplicación sa... 
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	<pubDate>Mon, 20 Apr 2009 20:15:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090420201545-logo-hitecsa.gif"  class="center" alt="20090420201545-logo-hitecsa.gif" />Hoy lunes hemos mantenido una reunión extraordinaria a petición de la empresa en donde se nos informa de dos puntos concreto.<br />-	Se nos informa que se abre el plazo de conversaciones para acogerse a la clausula del convenio del metal de inaplicación salarial, se nos informa que la intención de la empresa  no es que perdamos la subida de este año, por lo que ahora disponemos de unos días para alcanzar un acuerdo de cómo y cuándo recuperaremos esta subida, quedamos aplazados a  una próxima reunión el próximo lunes día 27/04<br />	<br />-	Se nos informa que el próximo miércoles van a poner a disposición de la pertinente autoridad laboral toda la documentación para proceder al despido de personal indirecto, que  continua siendo un numero entre 6 y 15 personas, se nos informa de la intención de que sean tratados como despidos improcedentes<br />	
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<title>COMUNICADO A TODOS LOS AFILIADOS Y TRABAJADORES</title>
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		<description><![CDATA[ COMUNICADO SECCION SINDICAL UGT HITECSADesde esta sección sindical queremos informar a todos nuestros afiliados y al resto de la plantilla de HITECSA de nuestro malestar con la otra sección sindical ( C.C.O.O. ) por su  negativa a ... 
]]></description><comments>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/032702-comunicado-a-todos-los-afiliados-y-trabajadores.php#comments</comments>
	<pubDate>Fri, 27 Mar 2009 13:43:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090327134334-img-logo.jpg"  class="center" alt="20090327134334-img-logo.jpg" /><p align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;">COMUNICADO SECCION SINDICAL UGT HITECSA</span></strong></p><p>Desde esta sección sindical queremos informar a todos nuestros afiliados y al resto de la plantilla de HITECSA de nuestro malestar con la otra sección sindical ( C.C.O.O. ) por su  negativa a gestionar el canon sindical que se a obtenido de una negociación con ibervending para autofinanciar las secciones sindicales tal y como pasa en todas las medianas y grandes empresas, después de haberse reunido el comité varias veces y ver la mejor manera de repartir este canon, que normalmente se hace por afiliados, se llega a un acuerdo para  dividirlo por delegados, porque creemos que es una manera mas justa de dividirlo que no por afiliaciones, y de quedar de acuerdo que este canon se reinvertiría en toda la plantiílla creemos que todas las trabas he impedimentos que nos presentan es simplemente por estar en inferioridad tanto de delegados como de afiliados y en lugar de pensar en esta mejora que se ha conseguido que se haría extensible a toda la plantilla solo se dedican a mirar por sus propios intereses</p><p>También nos gustaría dejar claro que la subida de cinco céntimos que se ha producido en las maquinas de ibervending estaba prevista para el mes de junio y se a adelantado por el nuevo contrato en el que queda reflejado el canon, también creemos que la subida no ha sido exagerada ya que los precios siguen siendo muy asequibles</p><p>Nos gustaría que la otra sección sindical reconsiderara su postura y cerráramos ya este asunto que  beneficiaria a toda la plantilla si pasado unos días nos es imposible ponernos de acuerdo, esta sección sindical gestionaría el canon pues nos vemos en la obligación de no dejar pasar esta mejora</p><p> </p><p>                                              <strong><span style="text-decoration: underline;">Manel - Delegado Sindical </span></strong></p>	
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<title>BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO</title>
	<link>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/032701-boletin-oficial-del-estado.php</link>
		<description><![CDATA[ marzo de 2009 Sec. I. Pág. 23281 CAPÍTULO IIMedidas de protección de las personas desempleadasArtículo 3. Reposición del derecho a la prestación por desempleo.1. Cuando se autorice a una empresa en virtu... 
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	<pubDate>Fri, 27 Mar 2009 13:08:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090327130801-img-logo.jpg"  class="center" alt="20090327130801-img-logo.jpg" /><p class="Default" style="margin: 14pt 0cm 5pt; line-height: 10.05pt; text-align: justify;"><span><strong></strong></span></p><p class="Default" style="margin: 14pt 0cm 5pt; line-height: 10.05pt; text-align: justify;"><span><strong>marzo de 2009 Sec. I. Pág. 23281</strong></span></p><p class="Default" style="margin: 14pt 0cm 5pt; line-height: 10.05pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt;"> </span></p><p class="Default" style="margin: 14pt 0cm 5pt; line-height: 10.05pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt;">CAPÍTULO II</span></p><p class="Default" style="margin: 0cm 0cm 2pt; line-height: 10.05pt; text-align: justify;"><span><strong>Medidas de protección de las personas desempleadas</strong></span></p><p class="Pa12" style="margin: 11pt 0cm 5pt 17pt; text-indent: -17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">Artículo 3. <em>Reposición del derecho a la prestación por desempleo.</em></span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">1. Cuando se autorice a una empresa en virtud de expediente de regulación de empleo o procedimiento concursal a suspender los contratos de trabajo, de forma continuada o no, o a reducir el número de días u horas de trabajo, y posteriormente se autorice por resolución administrativa en expediente de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal la extinción de los contratos, o se extinga el contrato al amparo del del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquéllas autorizaciones con un límite máximo de 120 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:</span></p><p class="Pa17" style="margin: 5pt 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">a) que la resolución administrativa o judicial que autorice la suspensión o reducción de jornada se haya producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive;</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">b) que el despido o la resolución administrativa o judicial que autorice la extinción se produzca entre la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y el 31 de diciembre de 2011.</span></p><p class="Pa17" style="margin: 5pt 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">2. Cuando se autorice a una empresa en virtud de expediente de regulación de empleo o procedimiento concursal a suspender los contratos de trabajo, de forma continuada o no, o a reducir el número de días u horas de trabajo, durante el cual los trabajadores hayan agotado la prestación por desempleo a la que tuvieran derecho, y posteriormente se autorice por resolución administrativa en expediente de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal la reducción de jornada o suspensión de los contratos, los trabajadores afectados por dichas autorizaciones que no hayan generado un nuevo derecho a prestación contributiva tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de la anterior </span></p><p class="Pa17" style="margin: 5pt 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">suspensión o reducción de jornada con un límite máximo de 90 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:</span></p><p class="Pa17" style="margin: 5pt 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">a) que la resolución administrativa o judicial que hubiera autorizado esa anterior suspensión o reducción de jornada se haya producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive;</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">b) que la resolución administrativa o judicial que autorice la posterior suspensión o reducción de jornada se produzca entre la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y el 31 de diciembre de 2009.</span></p><p class="Pa17" style="margin: 5pt 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">3. La reposición prevista en los apartados anteriores se aplicará al mismo derecho a la prestación por desempleo que se consumió durante la suspensión temporal o reducción temporal de la jornada de trabajo.</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">La base de cotización y la cuantía a percibir, durante el periodo de la reposición, serán las mismas que las que correspondieron a los periodos objeto de la reposición.</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">4. Si un trabajador ha sido beneficiario de la reposición prevista en el apartado 2 de este artículo no tendrá derecho a la recogida en el apartado 1.</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">5. El derecho a la reposición se reconocerá de oficio por la entidad gestora en los supuestos en los que se solicite la reanudación o reapertura de la prestación por desempleo.</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">En los supuestos en que esté agotado el derecho se deberá solicitar la reposición, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 209 de la Ley General de la Seguridad Social.</span></p><p class="Pa7" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-indent: 17pt; text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; color: black; mso-bidi-font-family: Arial;">6. Las ayudas reconocidas en concepto de reposición de prestaciones por desempleo a los trabajadores incluidos en los planes de apoyo para facilitar el ajuste laboral de los sectores afectados por cambios estructurales del comercio mundial, conforme a lo previsto en los citados planes de apoyo y en la Orden de 5 de abril de 1995, por la que se determinan las ayudas que podrá conceder el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reconversión y/o reestructuración de empresas, no serán acumulables a la reposición de prestaciones establecida en este artículo.</span></p><p align="center"><p> </p><p> </p></p>	
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</item>

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<title>Diario la Cronica Guadalajara</title>
	<link>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/032501-diario-la-cronica-guadalajara.php</link>
		<description><![CDATA[ La Crónica de Guadalajara  Los trabajadores de Hitecsa desconvocan el encierro al llegar a un acuerdo con la empresa Redacción24/03/2009Los empleados tienen hasta el 31 de marzo para decidir si optan por marcharse a la planta de Vilanov... 
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	<pubDate>Wed, 25 Mar 2009 18:52:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <table border="0" cellpadding="3" width="99%" align="center"><tbody><tr><td class="ruta1"><a href="http://lacronica.net/frontend/lacronica/base.php">La Crónica de Guadalajara</a> <br /></td><td class="cab_titular" align="right"><br /></td></tr></tbody></table> <div class="txtbase" style="margin-bottom: 4px; line-height: 1.4;"><span style="font-size: 17px;"><strong>Los trabajadores de Hitecsa desconvocan el encierro al llegar a un acuerdo con la empresa</strong></span></div><table border="0" width="1%" align="right"><tbody><tr><td style="padding-bottom: 5px; padding-left: 5px;"><a href="http://lacronica.net/frontend/lacronica/Los-Trabajadores-De-Hitecsa-Desconvocan-El-Encierro-Al-Llegar-A-Un-Acuerdo-Con-La-Empresa-vn686230130-vst27#" onclick="javascript:window.open("/adjuntos/fichero_8680_20090324.jpg","","width=220,height=74,resizable=yes")"><img src="http://lacronica.net/adjuntos/g_fichero_8680_20090324.jpg" border="1" align="left" /></a></td></tr><tr><td class="listado_izda0" style="padding-bottom: 5px; padding-left: 5px;" align="center"><br /></td></tr></tbody></table> <div class="txtbase" style="margin-bottom: 4px; line-height: 1.4;"><div style="margin-top: 10px; margin-bottom: 5px;"><strong>Redacción<br />24/03/2009</strong></div><div id="cuerpo_descripcion" style="color: #000033; font-family: Verdana,Arial,Helvética,sans-serif; font-size: 11px;"><strong>Los empleados tienen hasta el 31 de marzo para decidir si optan por marcharse a la planta de Vilanova i la Geltrú o aceptan las condiciones planteadas por la empresa.</strong></div></div> <p>El Comité de Empresa de Hitecsa decidió a última hora de la tarde lunes desconvocar el encierro que mantenían los trabajadores en la fábrica como medida de protesta por el anuncio del traslado a la factoría de Vilanova i la Geltrú.</p> <p>El acuerdo firmado divide entre los trabajadores que aceptan trasladarse hasta la fábrica de Vilanova y los que no. A estos últimos, la empresa pagará 45 días por año trabajado a aquellos trabajadores con más de cinco años de antigüedad y 45 días y 1.000 euros para los empleados con más de cinco años de antigüedad, según ha asegurado a LA CRÓNICA DE GUADALAJARA el responsable del Metal de UGT, Jesús Butrón</p> <p>Para los trabajadores que acepten marcharse a la planta catalana, la fábrica asumirá los gastos de desplazamiento a ellos y a sus familiares; un plus de 300 euros; ayuda del 50% al alquiler durante el 2009 y garantía tanto del puesto de trabajo durante un año, como de las condiciones laborales que tenían en Cabanillas del Campo. Por último, se fija una cláusula de retorno, valida hasta el 31 de diciembre de 2009, para que en caso de que no se cumplan las expectativas de los trabajadores tendrán opción de acogerse a la indemnización pactada para el resto de compañeros.</p><p>Como asegura Butrón, el acuerdo fue aprobado con la mayoría de votos a favor, con tan solo un voto en contra. Ahora, los empleados tienen hasta el 31 de marzo para decidir si optan por marcharse o aceptan las condiciones planteadas por la empresa.</p>	
]]></content:encoded>
</item>

<item>
<title>REAL DECRETO LEY 2/2009 DE MEDIDAS URGENTES PARA EL MANTENIMIENTO Y EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS</title>
	<link>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/032402-real-decreto-ley-2-2009-de-medidas-urgentes-para-el-mantenimiento-y-el-fomento-d.php</link>
		<description><![CDATA[ aqui os dejo el enlace por si alguien quiere echarle un vistazo,entre otras medidas esta la de que no se consuma paro durante un EREDownload Now... 
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	<pubDate>Tue, 24 Mar 2009 19:22:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090324192249-boe.jpg"  class="center" alt="20090324192249-boe.jpg" /><p>aqui os dejo el enlace por si alguien quiere echarle un vistazo,entre otras medidas esta la de que no se consuma paro durante un ERE</p><p><img src="file:///C:/Users/Manel/AppData/Local/Temp/moz-screenshot-1.jpg" border="0" /><span style="font-weight: bold; font-size: large;"><a href="http://www20.flyupload.com/dl?fid=963691896&amp;x=ikRBnI39bTaiFlbDFEl4iw..">Download Now</a></span><br /><img src="file:///C:/Users/Manel/AppData/Local/Temp/moz-screenshot.jpg" border="0" /></p>	
]]></content:encoded>
</item>

<item>
<title>NOTA INFORMATIVA</title>
	<link>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/031101-nota-informativa.php</link>
		<description><![CDATA[ ayer martes la empresa convoco una reunion extraordinaria con el comite de empresa en la cual se informo:-resultados del mes de febrero,seguimos en la misma linea que enero- se nos informa de que tienen abiertas varias negociaciones con futuros clien... 
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	<pubDate>Wed, 11 Mar 2009 13:34:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
<guid>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/031101-nota-informativa.php</guid>
<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090311133411-seccion-sindical2.jpg"  class="center" alt="20090311133411-seccion-sindical2.jpg" /><p>ayer martes la empresa convoco una reunion extraordinaria con el comite de empresa en la cual se informo:</p><p>-resultados del mes de febrero,seguimos en la misma linea que enero</p><p>- se nos informa de que tienen abiertas varias negociaciones con futuros clientes de mucho potencial y de que se esta abriendo nuevo mercado en otros paises para remontar este periodo de crisis</p><p>-se nos informa del proximo traslado de la produccion de la planta de  guadalajara a vilanova,se nos comenta de que se ha ofrecido a los 40 trabajadores que quedan en guadalajara mantener sus puestos de trabajo aqui en vilanova por lo que se a iniciado un proceso de consultas que durara 15 o 21 dias</p><p>- tambien nos notifican la intencion de descolgarse del convenio del metal,o lo que es lo mismo de la congelacion de los salarios de todo el personal de hitecsa para el año 2009,para ello estan esperando que se publiquen las tablas salariales en el BOE</p><p>- Nos informan que debido a la situacion grave por la que atravesamos se ven en la necesidad de prescindir de un numero de personas ( entre 6 o 15 ) de los llamados indirectos,o lo que es lo mismo de cualquier area menos de produccion o taller,aqui nos remitimos al acuerdo de ere firmado en el cual para poder realizar estos despidos se ha de informar y buscar el visto bueno de la inspectora de trabajo</p><p>seguiremos informando</p><p> </p><p> </p>	
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<title>CONVOCATORIA MANIFESTACIÓN 14 MARZO 2009</title>
	<link>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/031001-convocatoria-manifestacion-14-marzo-2009.php</link>
		<description><![CDATA[  ATT- DELEGADOS/DAS MCA-UGT-APG CONVOCATORIA MANIFESTACIÓN 14 MARZO 2009       Ante la situación de crisis continuada, y la perdida de empleo continuo que arrastramos desde hace ya demasiado tiempo. Las dos centrales sind... 
]]></description><comments>http://ugthitecsa.blogia.com/2009/031001-convocatoria-manifestacion-14-marzo-2009.php#comments</comments>
	<pubDate>Tue, 10 Mar 2009 09:30:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090310093044-images.jpg"  class="left" alt="20090310093044-images.jpg" /><p> </p><p><strong>ATT- DELEGADOS/DAS MCA-UGT-APG</strong></p> <p><strong>CONVOCATORIA MANIFESTACIÓN 14 MARZO 2009</strong></p> <p> </p> <p> </p> <p> </p> <p>Ante la situación de crisis continuada, y la perdida de empleo continuo que arrastramos desde hace ya demasiado tiempo. Las dos centrales sindicales más representativas en Catalunya: UGT y CCOO, han acordado realizar una Manifestación el día 14 de marzo, como todos ya sabréis.</p> <p> </p> <p>Desde la  Federación Nacional de MCAUGT de Catalunya, pedimos un ejercicio de</p> <p>responsabilidad, no ya a todos nuestros dirigentes de la estructura, sino también a todos nuestros delegados y afiliados, para que asistan a dicha Manifestación.</p> <p> </p> <p>Entre todos tenemos la obligación de que sea un éxito. Puesto que somos de las pocas comunidades autónomas que están realizando procesos de movilización e información para todos los trabajadores.</p> <p>Y ni el lugar ni la hora, deben ser motivo de excusa para la no asistencia. Más aún cuando es una reivindicación de esta Federación en todos los niveles de nuestra organización para que se realicen movilizaciones.</p> <p> </p> <p> </p> <p align="center"><strong>MANIFESTACION EN BARCELONA</strong></p> <p align="center"><strong>14 MARZO 2009</strong></p> <p align="center"><strong>"Plantemos cara a la Crisis"</strong></p> <p align="center"><strong>17H</strong></p> <p align="center"><strong> </strong></p> <p align="center"><span style="text-decoration: underline;">Punto de Salida: </span>Via Laietana / Avda Catedral</p> <p align="center"><span style="text-decoration: underline;">Punto de Llegada:</span> Passeig Isabel II / Parc Ciutadella</p> <p align="center"> </p> <p> </p> <p align="center"><strong>S'organitzen <span style="text-decoration: underline;">AUTOCARS</span>: </strong></p> <p align="center"><strong> </strong></p> <p><img src="file:///C:/Users/Manel/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image001.gif" border="0" alt="*" width="16" height="16" />    <strong>Sortida Vilafranca del Penedès: 15:45h</strong></p> <p><img src="file:///C:/Users/Manel/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image001.gif" border="0" alt="*" width="16" height="16" />    <strong>Sortida Vilanova i la geltrú: 15:45h</strong></p> <p><strong> </strong></p> <p align="center"><strong>Per reservar plaça:</strong></p> <p align="center"><strong>Montse MCA-UGT-APG: 696 954 313 / 93 814 14 40</strong></p><p> </p>	
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<title>mayor labor de prevención y vigilancia de los riesgos laborales</title>
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	<pubDate>Mon,  9 Mar 2009 12:49:00 -0500</pubDate>
<category>Sin tema</category>
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<content:encoded><![CDATA[	 <img src="http://ugthitecsa.blogia.com/upload/20090309124907-seccion-sindical2.jpg"  class="center" alt="20090309124907-seccion-sindical2.jpg" /><p>Metal, Construcción y Afines de UGT (MCA-UGT) denuncia que la crisis económica y la destrucción de empleo está provocando un aumento de la precariedad laboral, una relajación en materia de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas y una insuficiente vigilancia de la salud laboral por parte de las Administraciones Públicas, a la vista de los datos de siniestralidad laboral en 2008 proporcionados por el Ministerio de Trabajo.<br /> <br /> Por eso, esta Federación pide un mayor esfuerzo por parte de las Administraciones Públicas en velar por el cumplimiento de la ley en materia de prevención de riesgos laborales y las condiciones de trabajo pactadas en los convenios, y exige una contundente campaña de la Inspección de Trabajo y Seguridad en ese sentido.<br /> <br /> Aunque, los datos del Ministerio indican que un descenso en el número total de accidentes laborales con baja en la construcción, el metal y la madera en 2008 comparado con 2007, MCA-UGT destaca que esta disminución se produce en las mismas proporciones que se reducen los asalariados en estos sectores. En otras palabras, se producen menos accidentes porque, entre otros factores pero fundamentalmente, trabajan menos personas. Así, en 2008 se registraron descensos de los accidentes del 23,29% en la construcción, del 17,37% en la madera, y del 7,10%. en el metal, en comparación con 2007. Pero es que el número de asalariados de cada uno de estos sectores se redujo un 25,59%, un 7,57% y un 6,83%, respectivamente. Es decir, los accidentes descendieron prácticamente en las mismas proporciones que se redujeron los números de personas que trabajan en esos sectores.<br /> <br /> Pero es que además, en términos relativos supone incluso un aumento de la siniestralidad laboral en la construcción y el metal, ya que el índice de incidencia (número de accidentes con baja por cada mil asalariados en activo) aumentó en 3,59 puntos y en 0,49 puntos respectivamente.<br /> <br /> En el caso de la Construcción, siguen accidentándose mil trabajadores por cada día laborable y muere uno en cada jornada de trabajo.<br /> <br /> Los accidentes mortales aumentaron en la madera de 7 en 2007 a 22 en 2008. En el metal, los fallecimientos en el trabajo pasaron de 55 en 2007 a 56 en 2008. Aunque en la construcción hubo 19 fallecidos menos (263 frente a los 282 fallecidos 2007), supone un 6,73% menos, es decir, ni siquiera el número de muertes se ha reducido en los mismos porcentajes que los asalariados.</p>	
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